Preguntas frecuentes

 Alquiler    

La persona que salga como inquilino deberá contar con justificación de ingresos y con distintas personas que sean garantes del mismo.

> El inquilino puede justificar sus ingresos mediante recibos de sueldo, constancia de inscripción de monotributo y pagos, declaración de ingresos realizada por un contador y certificada por el colegio de contadores.
> Las garantías pueden ser laborales (se presentan los últimos 3 recibos de sueldo) o propietarias (el titular del inmueble debe estar vivo, no se aceptan como garantías propiedades en sucesión).
A todos los garantes se les realizará una averiguación crediticia y una averiguación de dominio de la propiedad (en el caso de presentar propietarias). Estos informes tienen que salir favorables, es decir, que los garantes sean aptos.

Teniendo esto, se puede coordinar una visita a la propiedad que quieras. En caso de querer alquilar, se hace una reserva y se presentan los papeles de mencionados.

Todos los pagos se realizarán por transferencia bancaria.

Solamente puede rescindir el contrato el inquilino. No hace falta un mínimo de meses transcurridos.
Se puede rescindir mediante una notificación fehaciente (carta documento, mail o notificación firmada en la inmobiliaria). De acuerdo a las leyes vigentes deberá pagar en modo de indemnización el 10% del monto restante de contrato.

 Comprar   

Las visitas se programan con al menos 24 hs. de anticipación, se pueden programar a través de las siguientes vías: e-mail, WhatsApp, llamado telefónico.

Si la compra es a través de un crédito hipotecario, deberán cumplir con los requisitos que la entidad bancaria exija para la aprobación del mismo.
En todos los casos la persona deberá contar con DNI para acreditar su identidad y la justificación del origen de dinero con el cual realiza la compra, por último no encontrarse inhibido o inhabilitado para adquirir bienes.
Si la persona que compra la propiedad tiene un tutor legal o una curatela deberá estar presente dicha persona.

La oferta de reserva se realiza de forma escrita, indicando el valor a pagar y el plazo estimado de firma, entregando una suma de dinero equivalente al 10% del valor ofrecido.
La oferta se realiza al vendedor, si este no se encuentra en el momento de la reserva, la inmobiliaria está facultada para tomar la reserva Ad-referéndum de la aprobación del vendedor.

Al momento de comprar una propiedad se debe considerar que la inmobiliaria interviniente cobra el 3% en concepto de Honorarios. Además, por usos y costumbres el comprador deberá abonar 2/3 del valor de escrituración, el cual dependerá del valor de venta (en algunas operaciones de compra-venta el comprador se hace cargo del monto de escrituración).

La gran mayoría de operaciones se abonan en efectivo (billete o transferencia). En otras operaciones junto al efectivo incluyen otros bienes como ser autos, valores de letra, inmuebles, etc.
En los inmuebles que pertenecen a desarrollos urbanísticos como ser edificios en pozo, loteos, etc. se abona una parte en efectivo y saldo restante en cuotas.

El escribano lo elige siempre el comprador.

 Vender   

> Documentación.

La veracidad y la circunstancia de la documentación es de suma importancia. Una inmobiliaria es experta en temas legales y contables.

En caso de que la venta se concrete se tomará la reserva pertinente y se preparará la carpeta con todos los documentos para presentar en la escribanía para la respectiva escritura.

Mayor seguridad.

Realizamos una investigación tanto del vendedor como del comprador para saber que se cumplirán los pagos.

Las visitas a la propiedad se coordinan cuidando la privacidad del propietario y su entorno familiar.

> Compra más rápida.

Contamos con las herramientas y los contactos necesarios para llevar a cabo una difusión que genere más resultados efectivos. Ahorrándote tiempo, evitando dificultades futuras y logrando resultados más rápidos

Los corredores inmobiliarios estamos obligados a tasar las propiedades en los valores en que el mercado se está cerrando operaciones, esto hace que algunas ocasiones el valor estimado por el vendedor sea diferente. Un ejemplo que damos es que si lo ponemos al valor que pide el vendedor la propiedad puede pasar desde meses hasta años para que ambos valores coincidan.

Una casa en sucesión se puede vender. Es necesario para venderla que esté dictada la declaratoria de herederos. La venta se hace por tracto abreviado (en vez de salir a nombre de los herederos sale a nombre del comprador)

Los requisitos principales son: Tener la escritura de la propiedad (si el titular del inmueble ha fallecido, tiene que estar dictada la declaratoria de herederos), el libre de impuestos, tasas, servicios y expensas (de ser una propiedad en PH), plano de mensura vigente y libre inhibición del vendedor.

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